El COMPUTO DE LA PRIMA DE ACTIVIDAD PARA QUIENES SE RETIRARON EN EL AÑO 2003 A 2004.
EL DECRETO 2070 DE 2003, ENTRO EN VIGENCIA EL 28-07 DE 2003: PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL NO. 45.262 DE JULIO 28 2003. HASTA EL DIA 02 DE JUNIO DE 2004, EN CASUR INTERPRETARON MAL LA NORMA PARA CONSOLIDAR EL DERECHO A LA ASIGNACIÓN DE RETIRO, SE HA DE LIQUIDAR DESDE EL MISMO DIA QUE ES RETIRADO CON RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL Y NO SE DEBE HACER CON LA FECHA EN QUE SE EXPIDE LA RESOLUCIÓN DE ASIGNACIÓN DE RETIRO.
LOS TRES MESES DE ALTA Y LAS VACACIONES ACUMULADAS NO CUENTAN, EL DERECHO SE CONSOLIDA EN EL MISMO INSTANTE ES QUE ES RETIRADO DE LA INSTITUCIÓN, POR CUALQUIER CLASE DE RETIRO.
SI USTED SE RETIRO EL 28 DE JUNIO DE 2003 HASTA EL 02 DE JUNIO DE 2004, Y LA PRIMA NO ESTA RECONOCIDA AL 50%, ESTA MAL LIQUIDADO, DEBE DEMANDAR PARA QUE LO LIQUIDEN CON EL 2070 Y LA PRIMA SEA AUMENTADA.
TODOS LOS RETIRADOS QUE ESTÉN EN ESTE LAPSO DE TIEMPO DE 28 DE JULIO DE 2003 A 02 DE JUNIO DE 2004 Y LA PRIMA NO ESTE AL 50%. DEBE DEMANDAR, PARA QUE EL PORCENTAJE SEA AUMENTADO Y LA PENSIÓN REAJUSTADA.
LAS RECLAMACIONES SE HACEN FORMA PERSONAL. QUIEN DESEE INFORMACION, CEL 301.256-1704 email. asociacionasjuridicas@gmail.com, hlozanomoreno@gmail.com,
Fuente:Henry Lozano Moreno publicó en tu biografía